Facturado no es cobrado
La factura se emite hoy y se cobra a 30 o 60 días. Anótala como algo que te deben y márcala cuando te paguen: así sabes cuánto tienes de verdad.
El ITBMS que cobras no es tuyo
El 7 % que sumas a la factura se lo debes a la DGI. Sepáralo en tu cabeza y en tus cuentas, o gastarás plata que no es tuya.
Lo que pide la ley a un negocio en Panamá
- El Aviso de Operación en Panamá Emprende, antes de empezar a vender (Ley 5 de 2007).
- Cobrar el ITBMS del 7 % cuando te corresponde, y declararlo.
- Facturar electrónicamente: con el facturador gratuito de la DGI si tienes ingresos de hasta B/.36,000 al año y hasta 100 documentos al mes; si pasas de eso, con un proveedor autorizado (PAC).
- El impuesto municipal, que cobra el municipio donde está tu negocio.
Los errores que más cuestan
- Contar como plata lo que todavía no te han pagado.
- Gastar el ITBMS cobrado.
- Olvidar las facturas vencidas.
